domingo, 19 de febrero de 2012

Humedales


Los humedales, los define la Convención de Ramsar, como las extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no exceda de seis metros. A lo anterior se puede agregar la precisión realizada en México por la Ley de Aguas Nacionales, que establece que las características que permiten identificar un humedal son:
·         Como componentes del paisaje, naturales o artificiales, se caracterizan básicamente por contener suelos predominantemente hídricos y comunidades vegetales hidrófilas o hidrófitas, además de presentar una fauna, una microflora y usos humanos diferentes a los de los espacios adyacentes.
·         El contenido de humedad debe ser determinante en los procesos fisicoquímicos y biológicos observados (es decir, se promueven procesos de humedal o acuáticos) de acuerdo con los indicadores que se registran para suelos y vegetación, entre otros.
·          Los humedales son estructuras auto-organizadas, que colectan, almacenan y transportan agua, en partes del ciclo hidrológico, así como materia y energía.

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